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miércoles, 24 de junio de 2015

INDEMNIZACIÓN CAUSADA O DEBIDA DE DAÑOS Y PERJUICIOS EN ACCIDENTE DE TRANSITO.


 SINTESIS DE LA SOLUCION ANALITICA. Cuando hay muerto en accidente de tránsito, el valor de los daños y perjuicios, se establece desde el momento del acaecimiento de los hechos productores del perjuicio, hasta la fecha probable de la sentencia. Para conseguir esta cantidad se acude al concurso de las matemáticas financieras, en cuyas fórmulas se incluyen no sólo los intereses sino también la devaluación, como se ha reconocido en sentencias del Consejo de Estado y la corte Suprema de Justicia, teniendo en cuenta el proceso inflacionario.

Para calcular el monto  total  compuestos  de una suma debida, mes por mes,  existe un precedente judicial vertical del Consejo de Estado  que ha aceptado  una pérdida  del poder adquisitivo  de la moneda equivalente al 24% anual en términos nominales (descompuesto así:  el 18% corresponde a la tasa  devaluativa y  al 6%  de interés puro efectivo), e interés mensual del 1.8%.


La fórmula para la elaboración de dicho cálculo, es el siguiente:

                     
                      S=R [( 1+ i ) ¯    - 1 ]
                                     ¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯¯      
                                                i

                      S= R×[ (((1+i)^(n))-1) ÷ i ]

                S= capital por averiguar. 
                R= Renta   conocida     (mensual o anual)   que se toma como base de la
                      Indemnización.
                i=   Interés   al   24 %   anual   descompuesto así:    el   18 %   corresponde
                       devaluación monetaria y al 6 %  de interés  anual, o sea en total el 18 %
                       mensual de interés técnico.
                 n=  Número de meses que se liquidan.


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