USO DEL TEST DE PROPORCIONALIDAD EN LA TASACIÓN DEL DAÑO MORAL. El test de proporcionalidad aplicado a la cuantificación del daño moral, ha sido una nueva posición
a de la Subsección C de la Sección Tercera del Consejo de Estado, por cuenta de
que un consejero de esta Subsección ha sostenido que para la tasación de dicho
daño moral debe aplicarse un test de proporcionalidad. Para el efecto se ha delineado
una tabla de indemnización que estandariza la cuantía del perjuicio de acuerdo
con el grado de parentesco y la efectiva convivencia con la víctima directa, Se debe tener en cuenta que los daños inmateriales como el daño moral, por su carácter
subjetivo son de tipo compensatorio. Por esa razón, la aplicación de criterios estándar
para valorar y determinar el daño moral, podría deformar la propia naturaleza
de esta tipología y desfigurar los lindes que la identifican. La aplicación interpretativa
de los criterios exige del operador de justicia el despliegue lo más atinado
posible, de los principios de equidad, proporcionalidad y razonabilidad. Los precedentes jurisprudenciales, han esbozado
parámetros para evitar que la discrecionalidad
judicial confluya en la arbitrariedad y capricho del juez. Si bien no de
logrará llegar al extremo de la objetividad, si se pueden desarrollar
procedimientos equilibrados y justos entre las víctimas y el criterio del sentenciador.
Sin duda que este tema requiere de un estudio mucho más profundo y amplio.
Dictamen Pericial, Juramento Estimatorio, Contraperitaje, elaboración, Estructuración y Cuantificación de Daños y Perjuicios economicos y financieros, Lucro Cesante, Daño Emergente, Reparación Integral, Daño a la salud, y Daño moral. Juan C. Mendoza. Perito Judicial, Experto Financiero Avaluador en Daños & Perjuicios. C.S.J. Docente Universitario. Investigador en Economia Forense. CONTACTO: CEL: 310 8752170. WEB: danosyperjuicios.webnode.com.co/ E Mail: economiaforense2@gmail.com
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