El Superintendente de Industria y
Comercio, Pablo Felipe Robledo, mediante Resolución No 80847 del 7 de octubre
de 2015, en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control,
sancionó a ASOCAÑA, CIAMSA, DICSA y DOCE (12) INGENIOS AZUCAREROS por haber incurrido en la conducta de acuerdos anticompetitivos o
cartelización empresarial para obstruir de manera concertada, coordinada y
continuada, las importaciones de azúcar hacia Colombia provenientes,
fundamentalmente, de Bolivia, Guatemala, El Salvador y Costa Rica.
La Superindustria también sancionó a CATORCE (14) ALTOS DIRECTIVOS del
sector azucarero por haber colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o
tolerado la conducta anticompetitiva sancionada en la modalidad de
cartelización empresarial.
Las sanciones impuestas por la Superindustria ascienden, en total, a una
suma superior a los $ 320 MIL MILLONES de pesos. Las multas impuestas a los
ingenios no superan el siete por ciento (7%) de sus ingresos operaciones
anuales ni el siete por ciento (7%) de su patrimonio.
Para la imposición de las sanciones, se tuvo en cuenta como agravante que
algunos de los ingenios y personas naturales sancionadas multados, habían sido
declarados responsables en el año 2010, por cartelización en los precios de
compra de la caña de azúcar a los cultivadores.
Con base en
estas conclusiones, el Superintendente de Industria y Comercio, previo consejo
unánime del Consejo Asesor de Competencia, impone las siguientes sanciones a ASOCAÑA (gremio del sector azucarero), a CIAMSA y DICSA (empresas del sector azucarero), a
doce (12)
INGENIOS AZUCAREROS y a14 ALTOS DIRECTIVOS, las
siguientes sanciones o multas:Fuente: Superintendencia Industria y Comercio.
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